
Departamento Ejecutivo
Decreto Nº 231
Aprobación Proyecto de Marmolería - Parque Industrial
VISTO :
La Ordenanza del Parque Industrial San Jerónimo Norte N° 45/2020 sancionada el 1° de octubre de 2020 y promulgada el 2 de octubre de 2020, y el reconocimiento del Parque Industrial de San Jerónimo Norte por Resolución Provincial Nº 102 de fecha 30 de Junio de 2020 y la inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI) según Decreto 716/2020 Resolución Reglamentaria Nº 150/2020 de fecha 6 de Noviembre de 2020, y;
CONSIDERANDO :
Que, en épocas de crisis económica como la que estamos viviendo, en donde la posibilidad de empleo se ve afectada notablemente, debemos ser capaces de generar ideas y proyectos sustentables en el tiempo que nos permitan crear fuentes de trabajo genuinas;
Que, se debe facilitar la integración y complementación de las actividades industriales en aspectos productivos, técnicos y comerciales, propiciando la reducción de los costos de inversión en infraestructura y servicios, alentando los procesos de capacitación de recursos humanos, empresarios y laborales, y el crecimiento del empleo industrial por medio de acciones comunes;
Y, lo establecido en el Dictamen Nº 14/25 de la Comisión Consultiva;
ARTICULO 1º: Apruébase el Proyecto Industrial destinado a marmolería especializada en diseño, fabricación e instalación de mesadas de cocina, baño, pisos, revestimientos, etc. con diversos materiales entre ellos mármol, granito, cuarzos y derivados por los Señores Zeiter Emilio Alfredo y Simionato Clemar Andres, según lo establecido en el Dictamen Nº 14/25 de la Comisión Consultiva.
ARTICULO 2º: Adjudíquese a los Señores Zeiter Emilio Alfredo y Simionato Clemar Andres, la Unidad Industrial N° 51 y la Unidad Industrial N° 52 según Expte. 864/2025.
ARTICULO 3º: Autorizase la venta según lo establecido en el artículo 4 del Anexo II - Precio y condiciones de venta de las parcelas del Parque Industrial, de la Ordenanza Nº45/20.
ARTICULO 4º: Instruméntese el correspondiente boleto de compraventa según lo establecido en la Ordenanza Nº45/2020 -Anexo IV- Modelo tipo de boleto compraventa.
ARTICULO 5º: Otórgase la escritura traslativa de dominio, cuando la compradora haya ejecutado y puesto en marcha el proyecto que motivó la aprobación del proyecto de radicación, no se registre deuda por el precio total y esté habilitado por la Municipalidad de San Jerónimo Norte en cumplimiento con las normativas que regulan el Parque Industrial.
ARTICULO 6º: Regístrese, Comuníquese y Archívese.
FIRMANTES :