Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1018

No contributiva - Obra Camino Comunal

VISTO :

Que la Provincia transferirá a este Municipio, recursos necesarios para la realización de la obra pública "Consolidado Granular en camino comunal con material granítico 0,20 (ripio)", en el marco de la Ley Nº 12385 - Fondo para la construcción de obras y adquisición de Equipamiento y Rodados, y;

CONSIDERANDO :

Que el Decreto Nº 1123/2008, reglamentario de aquella Ley, en su artículo 1º establece, entre otras disposiciones: "Los proyectos preseleccionados, deberán ser evaluados y verificados por un representante técnico designado a ese efecto por la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas. Aquellos cuyo financiamiento pueda recuperarse bajo el régimen de contribución de mejoras, contarán con un aporte hasta el 50 % (cincuenta por ciento), debiéndose acompañar copia certificada por autoridad judicial y/o notarial de la Ordenanza respectiva. La Provincia, a través del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y los Municipios y Comunas, instrumentarán por convenio la forma de recupero del financiamiento otorgado bajo estas comisiones.-
Que el lugar donde se pretende realizar la obra pública "Consolidado granular en camino comunal con material granítico 0,20 (ripio)", la mayor parte beneficiada será la Comuna, teniendo en cuenta que sobre la traza se encuentra el Parque Autódromo Comunal y la Planta de Tratamiento de residuos Sólidos Urbanos, razón por la cual no es susceptible de recuperación económica;
Que por estos motivos resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley 12385, que aprueba las gestiones, que el proyecto de Consolidada Granular en camino comunal con material granítico 0,20(ripio)"para la Comuna de San Jerónimo Norte, no es susceptible de recuperación económica, y donde además la más beneficiada será la Comuna, mejorando también la calidad de vida de la Comunidad;

ARTICULO 1º: Declarar como no susceptible de recuperación económica mediante contribución de mejoras, al proyecto: "Consolidado granular en camino comunal con material granítico 0,20 (ripio)", atento a los motivos expuestos en los considerandos.-

ARTICULO 2º: Solicitar en el marco de la Ley Nº 12385 la asignación del 100 % de los fondos para la realización de la obra pública "Consolidado Granular en camino comunal con material granítico 0,20 (ripio)".-

ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

JULLIER HECTOR E ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 25 de Octubre de 2011


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