Comisión Comunal

Ordenanza Nº 399 ( JPG )

Unificación cuentas caminos mejorados

VISTO :

La Ordenanza nro. 221/96 del 27 de marzo de 1996 que dispuso la ejecución de la obra de Caminos Afirmados Rurales Principales y secundarios en la jurisdicción de este distrito de San Jerónimo Norte del Departamento Las Colonias, y;

CONSIDERANDO :

Que oportunamente se había dispuesto que la obra fuera financiada por los frentistas afectados por la obra y mediante el sistema tributario de CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS;
Que esa metodología se encuentra prevista en el Código Tributario Municipal Ley Provincial Nro. 8173, habiendo previsto la autoridad comunal que dispuso la obra el ingreso de los fondos que generaba la obra por el rubro: Recursos Corrientes, Corrientes de Jurisdicción Propia, Tributarios-Contribución de Mejoras, Caminos Afirmados nº. 3;
Que toda erogación que demandaba y demandó la obra en cuestión era financiada con los fondos que se ingresaron por el rubro antes descripto únicamente.
No obstante la finalización de la obra, a la fecha aún se sigue recaudando en la jurisdicción comunal el tributo de contribución de mejoras, como recursos propios de ejercicios anteriores,
Que a fecha la obra de caminos secundarios área Nor-oeste se encuentra totalmente concluida tal como se justifica con el CERTIFICADO FINAL DE OBRA que se agrega como anexo a la presente ordenanza, suscripto por el Asesor Técnico de la Comuna de San Jerónimo Norte Arq. Rubén Oggier.
Que atento a ello no se justifica recaudar dichos fondos y no utilizarlos como consecuencia que la obra fue concluida.

ARTICULO 1º: A partir de la presente ordenanza dispónese el uso de los recursos que ingresen al ámbito comunal por el concepto de Contribución de Mejoras Obra de Caminos Afirmados nº. 3 (camino secundario área Nor-oeste), los que ingresarán en primer término en Contribuciones de Mejoras de Obras de Caminos Afirmados vigente, camino secundario área Sur-oeste hasta su ejecución, luego a Rentas Generales para mantenimiento de los mismos y para gastos operativos de la repartición.-

ARTICULO 2º: El Anexo A - final de obra suscripto por el profesional actuante forma parte de la presente ordenanza.

ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

JACOB ROMILDO ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 10 de Agosto de 2001


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