Comisión Comunal

Ordenanza Nº 452

DONACIÓN CALLE PÚBLICA CAILLET BOIS

VISTO :

La donación efectuada a esta Comuna de San Jerónimo Norte de una fracción de terreno que contempla la continuación de una manzana existente y la prolongación de las calles Vélez Sarfield y Pasaje Falucho por parte del Sr. Miguel Angel Caillet Bois, D.N.I. Nº: 6.075.586, y la Sra. María Susana Manzotti, D.N.I. Nº: 10.242.572, ambos domiciliados en calle Sarmiento Nº 994 de esta localidad, propietarios del inmueble ubicado en zona rural del distrito San Jerónimo Norte, lindante a la planta urbana, identificado con la partida inmobiliaria Nº 09-23-00-089797/0002, inscripto el dominio en la Sección propiedades del Departamento Las Colonias, al Tomo 261 Impar, Folio 195, Nº 7711 el día 1 de marzo del año 1990 , y;

CONSIDERANDO :

Que la mencionada donación fue realizada a esta Comuna mediante nota dirigida el día 25 de septiembre del corriente año, al Sr. Presidente Comunal debidamente firmada por los propietarios del inmueble mencionado en el visto.
Que la fracción donada se identifica como lote Nº 2 y consta de una superficie de dos mil doscientos treinta y cuatro metros cuadrados con ochenta y un decímetros cuadrados ( 2.234,81 m2. ), todo ello según plano de mensura, urbanización y loteo realizado por el agrimensor Oscar R. Amherdt, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza.
Que la nota elevada por los propietarios fue analizada por la Comisión Comunal, según consta en el acta Nº 437 de fecha 16 de octubre de 2002

ARTICULO 1º: Acéptase la donación de la fracción de terreno ofrecida precedentemente a esta Comuna, destinada a la apertura de calle pública, que se identifica como lote Nº 2, y que consta de dos mil doscientos treinta y cuatro metros cuadrados con ochenta y un decímetros cuadrados de superficie, todo ello según plano de mensura, urbanización y loteo realizado por el agrimensor Oscar Amherdt, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza.

ARTICULO 2º: Una vez que se hallan concluido los trámites legales correspondientes a la inscripción y cuando la autoridad comunal lo estime conveniente se procederá a la apertura de la calle pública de la fracción de terreno que fuera donada a esta repartición, para luego proceder a efectuar los servicios públicos de alumbrado, riego, recolección de residuos, conservación, limpieza, etc.

ARTICULO 3º: Dejar establecido que, como en anteriores loteos y/o urbanizaciones, donde sea necesaria la colocación de alcantarillas, estas podrán ser ejecutadas por personal comunal, pero los gastos que demande la realización serán por cuenta del o los propietarios.

ARTICULO 4º: Regístrese en le Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese, y archívese.

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

ALBRECHT RUBÉN ANTONIO ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 16 de Octubre de 2002


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