
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 176
Autoriza a Intendente a donar obra de Infraestructura Eléctrica a la EPE de lotes para 51 viviendas
VISTO :
La Ley Orgánica de Municipalidades y Comunas N° 2.756;
El Expte. Administrativo N° 1-2019-919005 de la Empresa Provincial de la Energía correspondiente a la solicitud de factibilidad eléctrica para loteo (51 lotes) ubicados entre las calles Padre Enrique Niemann, 9 de julio, Bartolomé Blatter y Calle Pública colectora norte de esta ciudad, y;
CONSIDERANDO :
Que, se encuentra realizada una obra de electrificación para loteo (51 lotes) construida en el predio identificado con las Partidas Inmobiliarias N° 09-23-00-089847/0119-5 y 09-23-00089847/0119-6 propiedad de la Municipalidad de San Jerónimo Norte;
Que, dicha obra de electrificación fue construida según el proyecto oportunamente aprobado en Expte. Administrativo N° 1-2019-919005, tramitado ante la Empresa Provincial de la Energía y que se vincula al Expediente N° 15201-0208561-1 iniciado en la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo;
Que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 establece en su artículo 39, inciso 19, que es atribución del Concejo Municipal: "Autorizar con los dos tercios de votos de la totalidad de sus miembros, la enajenación o gravamen de bienes municipales";
Que, la donación de una obra de electrificación, construida con recursos y en terrenos municipales, constituye una forma de enajenación de un bien perteneciente al patrimonio del Municipio;
Que, la disposición de la Empresa Provincial de la Energía N° 155 de fecha 13 de julio de 2021, dispone en su art. N° 6 "A los fines de que esta E.P.E. suministre el servicio y brinde el mantenimiento de las instalaciones, tal como fueron proyectadas, excluyendo las luminarias del Alumbrado Público Especial; las mismas deberán ser donadas a esta Empresa por los comitentes de la obra, previo a su habilitación y sin cargo ni condicionamiento alguno, para lo cual se suscribirá el formulario correspondiente, certificando la firma ante Escribano Público o Juez de Paz. Deberá adjuntar la documentación que lo habilite expresamente para tal fin."
Que es el deber de este Concejo Municipal velar por el cumplimiento de la normativa vigente y la correcta administración del patrimonio municipal;
Que, por lo expuesto la actual Intendente eleva al Honorable Concejo Municipal el presente proyecto de ordenanza para su tratamiento con la urgencia que el caso amerita dado la necesidad de conformar la Donación requerida por la Empresa Provincial de la Energía para que la misma comience a suministrar el servicio y brinde el mantenimiento de las instalaciones, tal como fueron proyectadas;
ARTICULO 1º: Autorízase a la Intendente de la Municipalidad de San Jerónimo Norte, Paola Devesa Ronchino, D.N.I Nº 33.452.420, a otorgar en carácter de donación a la Empresa Provincial de la Energía, la obra de infraestructura eléctrica del loteo correspondiente a 51 lotes ubicados entre las calles Padre Enrique Niemann, 9 de Julio, Bartolomé Blatter y Calle Pública colectora norte de la ciudad de San Jerónimo Norte, tramitada bajo el Expediente Administrativo N° 1-2019-919005.
ARTICULO 2º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.
FIRMANTES :