Concejo Municipal

Ordenanza Nº 78

Convenio con Vialidad - Ejecución de obras en rutas provinciales

VISTO :

La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual la Municipalidad se compromete a la ejecución de las obras en la/s Ruta/s Provincial/es de cuya descripción y cantidades se consignan en la memoria descriptiva y Anexo adjunto que forma parte del Convenio, durante el plazo de 60 días, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad y;

CONSIDERANDO :

Que los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecidos por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
               Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente de la Municipalidad de San Jerónimo Norte para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento como así también a percibir la correspondiente certificación que resulte del convenio suscripto;
               Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad;
               Que, la Ordenanza N° 63/2021 de Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio Fiscal

2021, no contempla este ingreso y egreso en las Partidas correspondientes por lo que es necesario adecuarlo tal como lo dispone el Art. 6° de dicha ordenanza;
               Que la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona;

ARTICULO 1º: Apruébese la formalización de un Convenio entre la Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual la Municipalidad se compromete a ejecutar las OBRAS en la/s Ruta/s Provincial/es de la cuya descripción y cantidades se consignan en la memoria descriptiva y Anexo adjunto que forma parte del Convenio, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad.

ARTICULO 2º: Autorízase al Intendente Municipal, Carlos Daniel Volpato, D.N.I. 16.237.975, a suscribir el respectivo Convenio como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.

ARTICULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar la Municipalidad de acuerdo a la Ley Nº 2.756.

ARTICULO 4º: Modifíquese la Partida de Recursos Corrientes - Ingresos de Jurisdicción Propia - Ingresos No Tributarios del Ejercicio de la Cuenta Convenios DPV (Dirección Provincial de Vialidad) y adiciónese la suma de pesos novecientos noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta pesos con cero centavos ( $ 994.840,00).

ARTICULO 5º: Modifíquese la Partida Total de Inversión Financiera - Otras Erogaciones - Erogaciones Especiales - Obras Financiadas por la Dirección Provincial de Vialidad e incorpórese la suma de pesos novecientos noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta pesos con cero centavos ( $ 994.840,00) para luego efectuar el pago correspondiente.

ARTICULO 6º: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad de San Jerónimo Norte a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.

ARTICULO 7º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

ALBRECHT MARIELA ANALIA ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 24 de Junio de 2021


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