Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1015

Avenida Belgrano - Camiones

VISTO :

La necesidad de otorgar una mayor seguridad a la circulación del tránsito sobre Avenida Belgrano, con el ánimo de resguardar la integridad física de las personas que diariamente utilizan este sector de nuestro pueblo, como asimismo de los vecinos frentistas radicados a ambos lados de esta vía de comunicación, y;

CONSIDERANDO :

Que uno de los mayores inconvenientes es generado por el intenso tránsito de camiones y acoplados que utilizan esta Avenida para entrar y salir de la Playa de Estacionamiento de Camiones y Acoplados ubicada en calle "Padre Enrique Niemann";
Que han llegado a esta Comuna diversos reclamos y quejas por parte de vecinos frentistas y personas que diariamente utilizan la Avenida Belgrano, por el temor de accidentes que se podrían producir, como asimismo por la conservación del pavimento allí existente, teniendo en cuenta que los equipos que la transitan viajan con cargas muy pesadas;
Que para ello sería necesario disponer que el tránsito de camiones y acoplados para entrar y salir de la Playa de estacionamiento utilicen otros caminos alternativos;
Que a los fines de asegurar la transitabilidad de esos caminos se debería realizar la construcción de ripio, evitando con ello generar inconvenientes los días de lluvia o posteriores cuando aún no se hallan secado los mismos;
Que hasta tanto se logre contar con los fondos necesarios para efectuar esta obra, se debería permitir transitar provisoriamente la Avenida Belgrano los días de lluvia, haciéndolo a velocidad reducida y con el cuidado correspondiente para evitar accidentes o trastornos a quienes transitan por el lugar;

ARTICULO 1º: Dispónese la prohibición del tránsito de camiones y acoplados por la Avenida Belgrano en todo su recorrido, salvo para carga o descarga de mercaderías en locales existentes sobre la Avenida.-

ARTICULO 2º: La disposición del Artículo 1º comenzará a regir a partir del día 1º de Noviembre de 2011.-

ARTICULO 3º: Proceder a colocar los correspondientes letreros con esta disposición en ambos extremos de la Avenida Belgrano.-

ARTICULO 4º: Permitir la circulación de camiones y acoplados en la Avenida Belgrano durante los día de lluvia y hasta tanto se hallan secado los caminos para llegar a la Playa de Estacionamiento ubicada sobre calle "Padre Enrique Niemann", y hasta que la Comuna lleve a cabo la obra de ripiado de los caminos alternativos para entrar y salir de la playa, sin generar inconvenientes a los señores transportistas.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

JULLIER HECTOR E ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 19 de Octubre de 2011


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