Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1354

PRÓRROGA VENCIMIENTO TASA POR HA.

VISTO :

El decreto 0807 de la provincia de Santa Fe de fecha 19 de Abril de 2016, y;

CONSIDERANDO :

Que el mencionado Decreto declara zona de desastre agropecuario a la mayoría del territorio de la Provincia de Santa Fe, donde se encuentra incluido el Departamento Las Colonias, y por ende el Distrito de San jerónimo Norte;
Que uno de los beneficios a los productores afectados que otorga el Decreto 0807 consiste en la prórroga de los vencimientos de las cuotas tercera, cuarta, quinta y sexta del Impuesto Inmobiliario para el año 2016;
Que el artículo 2do. de la Ordenanza nro. 1324/2016 de la Comuna de San Jerónimo Norte establece como vencimientos para el año en curso de las cuatro cuotas anules de la Tasa Rural de Servicios Rurales (tasa por ha) los meses de Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre.
Que se considera oportuno imitar a nivel distrital el espíritu del Decreto Provincial en lo que se refiere a prorrogar los vencimientos de la Tasa por hectárea no vencidas a la fecha.

ARTICULO 1º: Modifíquese el artículo segundo de la Ordenanza 1324/2016 que quedará redactado de la siguiente forma " Artículo 2°).- Fijase la tasa de servicios rurales (tasa por hectárea) al equivalente a cuatro litros de gasoil por año por hectárea, estableciéndose cuatro cuotas con vencimiento los días veinticinco o primer día hábil posterior, de los meses de Marzo, Septiembre y Diciembre del corriente año, y Enero de 2017. El valor para cada cuota surgirá del costo del litro de gasoil de la última compra efectuada por la repartición."

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

SAN JERONIMO NORTE, 8 de Junio de 2016


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