Concejo Municipal

Ordenanza Nº 97

Aprobación cuadro tarifario Servicio de Agua Potable

VISTO :

La solicitud de la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada presentada en fecha 10 de mayo de 2022, sobre la aprobación del cuadro tarifario correspondiente al Servicio de Agua Potable en San Jerónimo Norte, de acuerdo a lo establecido por normas vigentes, Ley 11220 y Contrato de Concesión del citado servicio, firmado oportunamente, y;

CONSIDERANDO :

Que la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Ltda. presentó un informe donde hace conocer los motivos por los cuales debe efectuar un ajuste en el cuadro tarifario del servicio de agua, a los fines de que la Municipalidad autorice los mismos para ser elevados al Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS);
               Que, entre esos motivos se encuentran los importantes incrementos en los gastos operativos (sueldos, leyes sociales, energía, materiales, insumos, etc.), que agravan permanentemente la situación económica financiera, por lo cual se ven obligados a solicitar el citado ajuste;
Que, desde este Honorable Concejo Municipal se ha analizado y evaluado los fundamentos expuestos en la solicitud; y analizando el Presupuesto de Ingresos y Egresos proyectado para el período 2022, como el cuadro tarifario; los aumentos solicitados por la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Ltda., a los fines de cubrir económicamente las necesidades para continuar brindando a la población un


adecuado servicio, como asimismo para llevar adelante el plan de obras previstas para el período mencionado;
Que este cuerpo, ha solicitado al Consejo de Administración de la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y O.S.P. de San Jerónimo Norte Ltda., la modificación del Presupuesto de Egresos e Ingresos presentado por Mesa de Entradas;
Que, dicho Consejo de la Cooperativa ha suministrado el nuevo cuadro de Estructura de costo del servicio, el que analizado justifica el incremento de tarifas para la prestación del servicio;
Que asimismo la Cooperativa ha solicitado la autorización correspondiente para efectuar un ajuste en la cuota mensual destinada a la obra de reemplazo de la red de distribución, la que se halla en plena ejecución;
Que además se ha analizado el criterio adoptado por la Cooperativa de Agua Potable para la determinación de metros cúbicos mínimos en determinadas categorías;

ARTICULO 1º: Apruébese el régimen de tarifas para el servicio de Agua Potable en la ciudad de San Jerónimo Norte, a cobrarse por período mensual y a partir del mes de Mayo con vencimiento en el mes de Junio, según el siguiente detalle:
a) Casa de familia.......................................(10 mts3. libres).................. $ 549,00.-

b) Casa de familia: dos conexiones............(20 mts3. libres).................$ 1099,00.-
c) Casa de familia: tres conexiones............(30 mts3. libres).................$ 1648,00 .-
d) Jubilados.................................................( 5 mts3. libres).................$ 123,00 .-
e) Lote.........................................................(sin consumo)...................$ 225,00 .-
f) Galpón o fábrica......................................(sin consumo)...................$ 225,00 .-
Excedentes: todo usuario que exceda de los básicos asignados abonará $ 87,00.- ( ochenta y siete pesos) el metro cúbico.-
-     Los valores de las tarifas mencionadas no incluyen I.V.A.-

ARTICULO 2º: el régimen de tarifas establecido en el artículo 1º quedará sujeto a revisión por parte de la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Ltda y posterior aprobación de este HCM, a partir del mes de Noviembre y teniendo en cuenta las condiciones socio- económicas del país en ese momento.

ARTICULO 3º: Aplíquese el incremento solicitado por la Cooperativa para la cuota mensual destinada a la obra de reemplazo de la red de distribución para la ciudad, consistente en la suma de $ 312,00 por mes.-
El importe fijado en el párrafo anterior quedará sujeto a la misma condición del artículo 2º.

ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.

FIRMANTES :

TIONE LUCIA NIEVES ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 19 de Mayo de 2022


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