Concejo Municipal

Ordenanza Nº 107 ( JPG )

Cambio de sentido de circulación de calles

VISTO :

La necesidad de reorganizar el sentido de circulación de diferentes calles de la ciudad de manera tal que brinde mayor fluidez al tránsito, respeto de los peatones y seguridad a los vecinos;

CONSIDERANDO :

Que la presente propuesta no sólo incluye el cambio de sentido de circulación en diferentes arterias, sino también otras que actualmente son de doble mano y que pasan a tener sentido único;
Que, al mismo tiempo, resulta necesario continuar con la reorganización del tránsito vehicular a partir de nuevos criterios, acordes al crecimiento poblacional y comercial de la ciudad;
Que el constante incremento de automotores genera la necesidad de promover iniciativas que garanticen una adecuada y óptima circulación de los vecinos por las calles de nuestra ciudad, preservando la seguridad vial, el medio ambiente, la estructura y la fluidez de la circulación, con criterios de planificación urbana sustentable;
Que desde la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Control, se han venido evaluando las características y situaciones particulares de cada una de las calles y del sector en que se encuentran inmersas, para tener una visión más amplia de los beneficios y posibles inconvenientes que de ello se pudieren derivar;


Que entendemos que los cambios propuestos responden a una visión integral de la ciudad que contemplan no solo los reclamos de los vecinos de la zona, sino también otros criterios que dan cuenta de las opiniones de otro conjunto de vecinos que circulan habitualmente por dichas arterias;
Que desde la gestión municipal se entiende que la presente propuesta no es excluyente de posibles cambios superadores que se le puedan realizar, a partir del debate que se genere en este Honorable Concejo Municipal;
Que los mismos seguramente serán de suma importancia en orden a enriquecer una propuesta que apunta a generar cambios sustentables para la ciudad que imaginamos y por la cual trabajamos: integrada, equilibrada, segura, de tránsito fluido y basada en la seguridad del peatón, el afianzamiento de emprendimientos comerciales y la calidad de vida de nuestros vecinos;
               Que a los fines descriptos se hace necesario proceder a sancionar la norma legal respectiva;
               Que el mismo se realiza en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, que establece que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá "…Concurrir a la formación de las ordenanzas municipales, teniendo el derecho de iniciarlas mediante proyectos que presentará al Concejo, pudiendo asistir a sus deliberaciones, con voz, pero sin voto". (art. 41 inc.3)

ARTICULO 1º: Establézcase el sentido de circulación de las calles que a continuación se detallan, indicando en cada caso el mantenimiento o la eliminación de la doble mano vial:

-     Calle SANTA FE será de MANO ÚNICA sentido NORTE-SUR desde RICARDO FOSTER;

-     Calle CATALINA BLATTER será de MANO ÚNICA sentido SUR-NORTE en toda su extensión;

-     Calle MARÍA JOSEFA DURRER será de MANO ÚNICA sentido NORTE-SUR en toda su extensión;

-     Calle IGNACIO FALCHINI será de MANO ÚNICA sentido NORTE-SUR
desde FRAY MAMERTO ESQUIÚ;

-     Calle 15 DE AGOSTO será de MANO ÚNICA sentido SUR-NORTE desde AVENIDA BELGRANO hasta GUILLERMO TELL;

-     Calle GUILLERMO TELL será de MANO ÚNICA sentido ESTE-OESTE desde SANTA FE hasta IGNACIO FALCHINI.

-     Calle FRAY MAMERTO ESQUIÚ será de MANO ÚNICA sentido ESTE - OESTE desde SANTA FE hasta MARIANO MORENO.

ARTICULO 2º: Las calles que adquirieron nuevo nombre en virtud de la sanción de la Ordenanza Municipal N° 105/2022, adquirirán el sentido de circulación de la arteria que la precede:
-     Calle LANCEROS DEL SAUCE, continuación de CORONEL DENIS, mantiene la DOBLE MANO;

-     Calle PRIMERA JUNTA, continuación de 25 DE MAYO, será de MANO ÚNICA sentido OESTE-ESTE;

-     Calle INDEPENDENCIA, continuación de 9 DE JULIO, será de MANO ÚNICA sentido ESTE-OESTE;

-     Calle DE LOS TRABAJADORES, continuación de 1º DE MAYO, será de MANO ÚNICA sentido OESTE-ESTE;

-     Calle VGM CARLOS D. SILVAS, continuación de BELGRANO, será de MANO ÚNICA sentido ESTE-OESTE;

-     AVENIDA MALVINAS ARGENTINAS, continuación de AVENIDA RIVADAVIA, mantiene la DOBLE MANO;

-     Calle EJÉRCITO DEL NORTE, continuación de GÜEMES, será de MANO ÚNICA sentido ESTE-OESTE;

-     Calle BATALLA DE SAN LORENZO, continuación de SARGENTO CABRAL, será de MANO ÚNICA sentido OESTE-ESTE;

-     Pasaje MAGDALENA SPRUNG, mantiene la DOBLE MANO;

-     Pasaje GUSTAVO NANZER, mantiene la DOBLE MANO.

ARTICULO 3º: Dispóngase, que a través de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Control, se proceda a efectuar la señalización correspondiente en las arterias mencionadas precedentemente que se encuentran en el Anexo I, ordenando la instalación de carteles nomencladores de calles indicando el nuevo sentido de circulación.

ARTICULO 4º: Dése amplia difusión por los medios radiales, televisivos y de prensa, a través de una campaña informativa con el fin de concientizar y dar a conocer los cambios dispuestos en la presente.

ARTICULO 5º: Establézcase un plazo de noventa (90) días desde la promulgación de la presente para implementar los cambios propuestos, período en el cual se efectuará un permanente control de tránsito de carácter informativo y preventivo.

ARTICULO 6º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Dese al Registro Municipal.

FIRMANTES :

TIONE LUCIA NIEVES ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 8 de Septiembre de 2022


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