Comisión Comunal

Ordenanza Nº 502

Adquisición equipo plan PROMUDI

VISTO :

La Dirección del PROMUDI, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe, mediante la cual se otorgan préstamos a Municipalidades y Comunas en el marco de la operatoria de Financiamiento a Municipios en un todo de acuerdo a lo establecido por Ley Nº 10264 - Decreto Nº 2255/89 "Préstamo B.I.R.F. Nº 2920 AR", Resolución Ministerial Nº 573/98-Decreto Nº 1247/99 "Préstamo Cuenta Especial Fondo Municipal de Inversiones" y Leyes Nº 11.301-11913 "Préstamo B.I.R.F. 3860-AR".; y,

CONSIDERANDO :

Que las Leyes N° 10264 y 11301, autorizan a las Municipalidades y Comunas a celebrar con la Provincia de Santa Fe, Convenios de Subpréstamos y/o Préstamos en el marco de los "Programas de Financiamiento a Municipios.
Que las condiciones establecidas en los citados convenios serán beneficiosas para los intereses de esta COMUNA.
Que previo a la suscripción del Convenio, es necesario que el Proyecto Físico objeto de aquel, sea aprobado mediante Ordenanza.
Que como forma de pago y garantía de las obligaciones financieras que asuma esta COMUNA mediante los Convenios a firmar, se deben afectar los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente correspondan a este municipio, como así también autorizar la retención de los mismos, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, en forma automática por Tesorería y Contaduría General de la Provincia y el Nuevo Banco de Santa Fe S.A.
Que el tema fue tratado en su sesión de fecha 26 de Febrero de 2004, Acta Nº 462.-

ARTICULO 1º: Apruébase el modelo de Convenio de Sub-Préstamo en el marco del Segundo Programa de Desarrollo Municipal - P.D.M. II-BIRF - según Contrato de Préstamo suscripto entre la Nación Argentina y el BIRF Nº 3860-AR., y por el cual la COMUNA accede al financiamiento del 75 % del monto del proyecto. El citado modelo se anexa a la presente, y se considera parte integrante de ésta Ordenanza.

ARTICULO 2º: Apruébase el modelo de Convenio de Préstamo, en el marco del Programa Cuenta Especial Fondo Municipal de Inversiones creado por la Ley Provincial Nº 10264, Decreto Nº 2255/89, e implementado por Resolución Ministerial Nº 573/98 y Decreto Nº 1247/99 y por el cual la COMUNA accede al financiamiento complementario del 15 % del monto del proyecto. El citado modelo se anexa a la presente, y se considera parte integrante de ésta Ordenanza.

ARTICULO 3º: Autorízase al Sr. Presidente Comunal a suscribir con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, los Convenios citados en el artículo primero y segundo de esta, cuyos modelos se adjuntan, y para la ejecución del Proyecto identificado en el artículo cuarto de la presente.

ARTICULO 4º: Apruébase el Proyecto "Adquisición de Equipos varios" cuyo Presupuesto Oficial estimativo al mes de Febrero de 2004, asciende a la suma de Pesos Ciento setenta y ocho mil doscientos ($ 178.200).-

ARTICULO 5º: Ejecútase dicho Proyecto de conformidad a las condiciones que establezca la normativa vigente para estos Programas y de acuerdo a las instrucciones emanadas por la Dirección del PROMUDI.

ARTICULO 6º: Autorízase al Sr. Presidente Comunal para que mediante el dictado de resoluciones, decretos, ejecute el Proyecto identificado en la cláusula cuarta de la presente Ordenanza, en el marco del Programa coordinado por la Dirección PROMUDI.

ARTICULO 7º: Autorízase la afectación de los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente le correspondan a esta COMUNA como forma de pago y como garantía de los compromisos financieros que se asumen mediante el Convenio a suscribir por el Sr. Presidente Comunal en el marco de estas operatorias.

ARTICULO 8º: Autorízase a la Contaduría y Tesorería de la Provincia de Santa Fe y al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. a retener, sin necesidad de notificación extrajudicial o judicial, los montos que correspondan por los conceptos señalados en el artículo anterior, en virtud de la metodología de pago prevista y/o por incumplimiento de las obligaciones que se asumen mediante los Convenios firmados.

ARTICULO 9º: Comuníquese la presente a la Dirección de PROMUDI, publíquese y archívese.

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 26 de Febrero de 2004


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