
Departamento Ejecutivo
Decreto Nº 201
Reemplaza Unidad Comunal de Medida (UCM) por Unidad Fija (UF)
VISTO :
La ordenanza Nº 1580 de fecha 11 de septiembre de 2019, y;
CONSIDERANDO :
Que el artículo 5º de la misma, establece que las personas que transgredan dicha ordenanza, serán sancionadas con multas que oscilarán entre 50,00 UCM ( cincuenta unidades comunales de medida ) y 500,00 UCM ( quinientas unidades comunales de medida );
Que no existe referencia alguna, que permita determinar el valor en pesos de la unidad comunal de medida;
Que a raíz de ello se dificulta la aplicación de las sanciones normadas en la ordenanza mencionada en el visto de la presente;
Que por otra parte, aún existe normativa sin sistematizar que hace referencia a la unidad comunal de medida;
Que la Municipalidad de San Jerónimo Norte, a través de la Ordenanza Nº 141 de fecha 28 de febrero de 2024, adhirió a la Ley Provincial de Tránsito Nº 13.133/2010, sus leyes modificatorias y ampliatorias y decretos reglamentarios;
Que dentro de las disposiciones establecidas en las leyes mencionadas en el párrafo anterior, se estipula que el valor de las multas se determina en U.F. ( unidades fijas ), cada una de las cuales equivale al 50 % del precio de venta al público de un litro de nafta especial;
ARTICULO 1º: Dispónese que a los fines de aplicar sanciones reguladas en toda la normativa vigente de la Municipalidad de San Jerónimo Norte, el valor de las multas expresadas en UCM ( unidades comunales de medida ), será reemplazo por el valor de las denominadas U.F. ( unidades fijas ), las cuales equivalen al 50 % del precio de venta al público de un litro de nafta especial.
ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.  
FIRMANTES :