Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1008

Movimiento de Suelo FONAVI

VISTO :

La tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de "una vivienda", que obra en la actuación Nro. 15201 - 0143145-9 de los registros del aludido Organismo, y ;

CONSIDERANDO :

Que es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del terreno afectado a la construcción de la vivienda;
Que según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, el terreno afectado a la obra no presenta inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales;

ARTICULO 1º: Asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de la vivienda.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Organismo pertinente, regístrese en el Libro de Ordenanzas y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 31 de Agosto de 2011


Volver al Inicio