Comisión Comunal

Ordenanza Nº 558

REFINANCIACIÓN PRÉSTAMO PROMUDI

VISTO :

La necesidad de lograr un refinanciamiento del préstamo otorgado por el PRO.MU.DI. para la ejecución del proyecto denominado "Adquisición Equipamiento informático", Préstamo BIRF 2920 A.R., y;

CONSIDERANDO :

Que el citado préstamo se contrajo en Dólares Estadounidenses, estando vigente la Ley 23928 de Convertibilidad del Austral que establecía una paridad cambiaria de Un Peso igual a Un Dólar;
Que con la sanción de la Ley de Emergencia Económica N° 25561 y sus decretos reglamentarios se dejó sin efecto la paridad fijada, estableciéndose que la deuda pública emergente de préstamos internacionales debía ser cancelada en la moneda contraída;
Que ante la imposibilidad de los municipios en general, y de esta Comuna en particular, de afrontar el pago de los servicios de la deuda a que se había obligado, a sus vencimientos, en virtud del incremento experimentado en el importe de la deuda a partir de la modificación del tipo de Cambio Pesos - Dólares Estadounidenses, la Provincia de Santa Fe a través de la Ley N° 12262 y el Decreto N° 1016/04 establece el tratamiento que recibirán los vencimientos a partir del año 2004, dejándose para una nueva instancia la renegociación de las deudas comprendidas en el período 2002 - 2003;
Que con la finalidad de regularizar esta deuda dentro de las posibilidades económicas y financieras de la Comuna, se hace necesario suscribir nuevamente con el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas de esta Provincia un Convenio Anexo Modificatorio que recepte la nueva forma de pago que se acuerda;

ARTICULO 1º: Autorízase al Sr. Presidente Comunal a suscribir con el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe un Convenio Anexo Modificatorio del Convenio de Subpréstamo celebrado oportunamente para la ejecución del proyecto denominado "Adquisición Equipamiento Informático", Préstamo BIRF 2920 A.R., modelo del cual, con las condiciones que allí se acuerdan, se adjunta a la presente Ordenanza y forma parte integrante de la misma.-

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al PROMUDI y archívese.-

SAN JERONIMO NORTE, 14 de Enero de 2005


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