Concejo Municipal

Ordenanza Nº 14

Prórroga vencimientoTasa General de Inmuebles

VISTO :

La Ordenanza Nº 5/2020 "Tributaria 2020", Artículo N° 2 en el que se prevé un incremento de la Tasa General de Inmuebles del 20% para el mes de Abril en su inciso "b" y un 10% para el mes de Agosto en su inciso "c", y;

CONSIDERANDO :

Que, la declaración de pandemia de coronavirus (COVID-19) por parte de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020, la adhesión del Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 0213/2020 y el Decreto Nº 14/2020 del Departamento Ejecutivo Municipal de San Jerónimo Norte, la contemplan;

Que el Poder Ejecutivo Municipal en su Decreto Nº 16/20 prorrogó los vencimientos para el mes de abril y los subsiguientes que ocurran durante la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio hasta el 31 de agosto del corriente año;

Que debido al "aislamiento social, preventivo y obligatorio" que fue extendido por el Poder Ejecutivo Nacional, se le imposibilita a Monotributistas, Pymes, Albañiles, Empleadas Domésticas, y un gran porcentaje de la población con trabajo informal, recurrir a sus trabajos normalmente;

Que, para los antes mencionados, el ingreso económico familiar depende de los trabajos realizados, y al estar imposibilitados, los mismos no cuentan con la posibilidad de pagar sus impuestos ya que no pudieron generar ingresos;

Que las distintas actividades ya venían muy deprimidas y ya había problemas para poder cumplir con los pagos corrientes de impuestos y los vencimientos de servicios de parte de las empresas y los ciudadanos respectivamente;

Que la situación que habrá que atender no es nada fácil, porque habrá actividades muy golpeadas que tal vez necesiten diferimientos mayores a los generales, como el caso del turismo o el de las economías regionales;

Que es importante el esfuerzo y la responsabilidad del Poder Ejecutivo Municipal en momentos de crisis económicas y emergencia sanitaria tomar medidas a favor de la población.

ARTICULO 1º: Prorróguese por el plazo de 60 días contados desde el 1 de abril del corriente año la aplicación de los incrementos aprobados en los incisos "b" y "c" del Art. 2º de la Ordenanza Nº5/2020 para las próximas liquidaciones de Tasa General de Inmueble.

ARTICULO 2º: En caso de que la situación de aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) se extienda más allá del plazo establecido en el artículo precedente para la aplicación del aumento, su aplicación será nuevamente revisada.

ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.

FIRMANTES :

ALBRECHT MARIELA ANALIA ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 9 de Abril de 2020


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