Comisión Comunal

Ordenanza Nº 391

Resolución Régimen de Devolución fondo Plan de Viviendas Nº 1

VISTO :

Que el día 10 de junio de 2001 se ha producido el vencimiento de la cuota número cien, última cuota del Plan de Viviendas Nro. 1;
Que debido a que corresponde realizar la devolución de los aportes efectuados por los adjudicatarios del mencionado plan que durante el desarrollo del mismo renunciaron y/o abandonaron.

CONSIDERANDO :

Que es necesario instrumentar los medios y formas para que los adjudicatarios del Plan de Vivienda número 1 reciban el saldo de sus acreencias de acuerdo a lo pactado en los contratos oportunamente firmados,
Que en reunión de fecha 27 de junio del corriente año, según consta en el acta nro. 411, se decidió implementar la tramitación que deberán realizar los interesados para que se les devuelvan los fondos y organizar la administración comunal a tal efecto.

ARTICULO 1º: Fíjase con vigencia a partir del día de la fecha y de acuerdo a las normas de esta resolución el régimen por el cual todos los adjudicatarios al plan de viviendas número 1 que renunciaron y/o abandonaron el mismo recuperen los fondos aportados en las condiciones convenidas en los contratos.-

ARTICULO 2º: Los interesados deberán presentarse por intermedio de una nota por duplicado; conteniendo los datos del contrato, cantidad de cuotas e importe total aportado, en mesa de entrada, la que será recepcionada y cargada por la responsable, entregándosele el duplicado al peticionante y el original al encargado de emisión y cobranza de los planes de viviendas.

ARTICULO 3º: El responsable de la emisión y control de cobranza comparará lo reclamado en la nota presentada con los registros y archivos existentes en esta repartición. En caso de coincidir liquidará el monto a devolver sin más trámites. Las presentaciones realizadas hasta el penúltimo día hábil de cada semana se abonaran el último día hábil de la misma semana.
En el caso de no existir coincidencia con la solicitud del interesado, el responsable de los planes de viviendas comunicará al encargado de área, el que citará al adjudicatario para que presente la documentación existente en esta Comuna.
Si a criterio del encargado del área lo peticionado por el adjudicatario se halle justificado, deberá presentarlo en la primera reunión de Comisión Comunal para que la misma se expida.

ARTICULO 4º: los pagos se efectuaran por medio de boleta de retiro sobre la cuenta correspondiente a "Plan de Viviendas Comunales Nro. 1", Nº 2012 de la Mutual de Socios y Adherentes del Club Atlético Libertad. Los Beneficiarios deberán firmar los correspondientes recibos de pago.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SAN JERONIMO NORTE, 27 de Junio de 2001


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