Concejo Municipal

Ordenanza Nº 136

Suscripción Convenios con Vialidad

VISTO :

La sanción de la ordenanza Nro. 65/2021 por parte de este Honorable Concejo Municipal y la necesidad de continuar simplificando los trámites vinculados con la Dirección Provincial de Vialidad, a fin de suscribir convenios que tengan como objetivo, la ejecución de trabajos de Conservación, Obras Complementarias de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la Dirección Provincial de Vialidad por parte de la nueva gestión municipal;

CONSIDERANDO :

Que resulta necesario, a tenor del principio de inmediatez, la delegación de ejecución de los trabajos sobre la red vial provincial;
Que ello redundará, en una mejora en el servicio de las vías comunicacionales, y de esta manera generar una mayor fluidez en la circulación del tránsito que permita el normal desarrollo del sistema productivo y usuarios en general de la región;
Que se hace necesario y/o conveniente, que este Honorable Concejo Municipal, otorgue facultades a la Sra. Intendente Municipal, para que la represente y realice todos los actos necesarios para el fiel cumplimiento del objeto que la Dirección Provincial de Vialidad pretende delegar;
Que también es necesario autorizar a percibir los importes derivados de las certificaciones respectivas por los trabajos realizados;
Que, ante las obligaciones que asume el Órgano Municipal, mediante la suscripción de los respectivos convenios, correspondería autorizar a la

Dirección Provincial de Vialidad a afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, en caso que fuera necesario resarcir por daños y perjuicios que pudieran suscitarse;
Que, sin perjuicio de las facultades otorgadas a todos los efectos a la Sra. Intendente Municipal, en pos de dar celeridad y continuidad a las gestiones administrativas con la Dirección Provincial de Vialidad; y, ante la ausencia de la máxima autoridad municipal, resulta necesario delegar en la persona de la Secretaría de Gobierno la suscripción de los certificados correspondientes por trabajos realizados;
Que evaluados los beneficios que traerá aparejado la concreción de los trabajos sobre la red vial, la producción, los usuarios y el interés público;

ARTICULO 1º: Facúltase a la Señora Intendente de la Municipalidad de San Jerónimo Norte, a realizar todos los actos necesarios para la instrumentación del o los convenios, y sus respectivas prórrogas y/o sus derivaciones con la Dirección Provincial de Vialidad, en cumplimiento de la ejecución de los trabajos de Conservación, Obras Complementarias de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la Dirección Provincial de Vialidad, según el plan a establecerse de común acuerdo entre partes; y a la suscripción y percepción de los montos de certificaciones como contraprestación de los trabajos realizados.

ARTICULO 2º: Autorízase a la Secretaria de Gobierno y/o a quien la Sra. Intendente Municipal designe, a suscribir las respectivas certificaciones por los trabajos realizados.

ARTICULO 3º: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a utilizar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, en caso de que fuera necesario resarcirse por daños y perjuicios que le pudiere ocasionar.

ARTICULO 4º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

CASCO ANDREA SOLEDAD ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 22 de Diciembre de 2023


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