Comisión Comunal

Ordenanza Nº 511 ( JPG )

Cancelación cuenta camino afirmado 4

VISTO :

La Ordenanza Nº 221/96 del 27 de marzo de 1996 que dispuso la ejecución de la obra de Caminos Afirmados Rurales Principales y secundarios en la jurisdicción de este distrito de San Jerónimo Norte del Departamento Las Colonias; y,

CONSIDERANDO :

Que oportunamente se había dispuesto que la obra fuera financiada por los frentistas afectados por la obra y mediante el sistema tributario de CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS,
Que esa metodología se encuentra prevista en el Código Tributario Municipal Ley Provincial Nro. 8173, habiendo previsto la autoridad comunal que dispuso la obra el ingreso de los fondos que generaba la obra por el rubro:
Recursos Corrientes
Corrientes de Jurisdicción Propia
Tributarios - Contribución de Mejoras
Caminos Afirmados nº 4
Que toda erogación que demandaba y demandó la obra en cuestión era financiada con los fondos que se ingresaron por el rubro antes descripto únicamente,
Que existiendo en el padrón de contribuyentes afectados a esta obra productores de otras jurisdicciones que aportarían voluntariamente para solventar el costo de la misma, y que dicha condición no se concretó plenamente, en consecuencia surgió la imposibilidad de terminar la obra en las condiciones planteadas originalmente, se resolvió en asamblea de productores involucrados del distrito de San Jerónimo Norte el día 9 de enero del corriente año que: la culminación de la obra se efectuaría con material alternativo de menor costo para que en el menor plazo se pueda aprovechar tan preciada obra.
No obstante la finalización de la obra, a la fecha aún existen saldos por recaudar,
Que a la fecha la obra de caminos secundarios área Sur-oeste se encuentra totalmente concluida tal como se justifica con el CERTIFICADO FINAL DE OBRA que se agrega como anexo a la siguiente ordenanza, suscripto por el Asesor Técnico de la Comuna de San Jerónimo Norte Arq. Rubén Oggier.
Que atento as ello no se justifica recaudar dichos fondos y no utilizarlos como consecuencia que la obra fue concluida.

ARTICULO 1º: A partir de la presente ordenanza dispónese el uso de los recursos que ingresen al ámbito comunal por el concepto de Contribución de Mejoras Obra de Caminos Afirmados nº 4 (camino secundario área Sur-oeste), los que ingresarán a Rentas Generales para mantenimiento de los mismos y para gastos operativos de la repartición.-

ARTICULO 2º: El anexo A - final de obra suscripto por el profesional actuante forma parte de la presente ordenanza.-

ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 28 de Abril de 2004


Volver al Inicio