Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1044

Modificatoria obra reposición Material Ruta 67-S

VISTO :

La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual esta Comuna se compromete a ejecutar la OBRA: REPOSICIÓN DE MATERIAL PÉTREO (RIPIO 0-20), en la Ruta Provincial Nº 67-S Tramo: San Jerónimo Norte - Lte. Santa María Norte, en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2012, y;

CONSIDERANDO :

Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Comuna son razonable y compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, DNI Nº 6.257.029, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como así también percibir los montos que se establezcan;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del siguiente Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad, para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna;
Que fueron evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a todos los habitantes de la zona;

ARTICULO 1º: Apruébase la concreción de un Convenio entre esta Comuna y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Comuna se compromete a ejecutar la OBRA: REPOSICIÓN DE MATERIAL PÉTREO (RIPIO 0-20), en la Ruta Provincial Nº 67-S Tramo: San Jerónimo Norte - Lte. Santa María Norte, en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2012 .-

ARTICULO 2º: Facúltase al Señor Raúl Martín Jullier, DNI. Nº 6.257.029, Presidente de la Comuna de San Jerónimo Norte, a suscribir el respectivo Convenio como así también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del Convenio y la percepción del monto establecido.-

ARTICULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar esta Comuna, conforme a la Ley 2439.-

ARTICULO 4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna, a fin de resarcirse de los perjuicios que la pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

IMHOFF MARIA HORTENCIA ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 13 de Marzo de 2012


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