Comisión Comunal

Ordenanza Nº 548

Conservación calzadas naturales DPV

VISTO :

La posibilidad de prorrogar el Convenio Nº 13034, suscripto con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Comuna ejecutará trabajos de conservación de la Red Vial Provincial, en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2005, y;

CONSIDERANDO :

Que los términos del convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad por el pago de los servicios a prestar por la Comuna es razonable y compensa las inversiones a su cargo;

Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir la tasa que se establezca;

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del siguiente convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le corresponda a la Comuna del ejercicio en el cual se ejecuten las tareas;

Que han sido evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;

ARTICULO 1º: Apruébase la prórroga del Convenio Nº 13034 suscripto entre la Comuna de San Jerónimo Norte, representada por su Presidente Don Raúl Martín Jullier, y la Dirección Provincial de Vialidad, para el desmalezado de la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2004.-

ARTICULO 2º: Facúltase al Presidente Comunal de San Jerónimo Norte, señor Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento de la prórroga que establece el Artículo 1º y a la percepción del monto que se establezca.

ARTICULO 3º: Apruébase la inversión que deberá realizar la Comuna conforme a la Ley 2439.-

ARTICULO 4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna durante el ejercicio del año 2005 en el que se ejecuten los trabajos, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del convenio prorrogado.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el libro de ordenanzas y resoluciones de esta Comuna, a su comunicación y publicación y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

CIGNETTI JUAN CARLOS SANTIAGO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 20 de Diciembre de 2004


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